declara CON LUGAR, la solicitud de ADOPCIÓN PLENA, formulada por ante este Despacho, por lo que, decreta la ADOPCIÓN PLENA del adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes por el ciudadano GUNTER LOTHAR MONTAG, nacionalidad Alemana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad E-82.266.800, domiciliado en el Parcelamiento Miranda, Sector A-1, Calle Araya, Nº 26, Cumaná Estado Sucre, procediéndose de conformidad con los artículos 425, 426, 427, 428 y 430 de la precitada Ley. La presente Ley confieren al adolescente adoptado, ya identificado, la condición de hijo de los ciudadanos GUNTER LOTHAR MONTAG, nacionalidad Alemana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad E-82.266.800 y YANITZA COROMOTO MORENO DE MONTAG, venezolana, mayor de edad, la cédula de identidad Nº 9.980.414 y a estos la condición de padres de ést.....