DISPOSITIVA
En virtud de todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acoge el pedimento fiscal y en consecuencia decreta El Sobreseimiento de la causa, seguida a los imputados: José Jesús Evaristo de La Rosa quien es venezolano, de 24 años de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nro.- 14.009.021, residenciado en la Urb. Brasil sector I, vereda 64, casa número 12, de esta ciudad, y Orangel José Parra, quien es venezolano, de 35 años de edad, soltero, titular de la cedula d identidad número 8.653.872, residenciado en Brasil, sector I, vereda 93, casa número 04, de esta ciudad, por la por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 278 del Código penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Todo de conformidad con lo esta.....