DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Asbel José González Guerra, venezolano, mayor de edad, , titular de la cédula de identidad N° 9.938.946, nacido en fecha el 24-02-1972, de 41 años de edad, hijo de José González y Maximina Guerra, y residenciado en la Calle Videao, Casa N° 65-C, Guiria de La Costa, Municipio Valdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Degradación de Suelos, Topografías y Paisajes, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en relación con los artículos 15 ordinal 2° de la Ley Orgánica para la Ordenación del terr.....