este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 479 numeral 1°, 507 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio decide: PRIMERO: Redime de LA PENA IMPUESTA Al Penado JESÚS RAFAEL MÁRQUEZ PASTRANO, venezolano, de 38 años de edad, indocumentado, soltero, de profesión u oficio agricultor, nacido en fecha 05-07-1972, residenciado en el Barrio Fe y Esperanza, en el Sector La Invasión, Calle Principal, casa S/N, la Piedras de Cocollar de la Parroquia Cocollar del Municipio Montes, Estado Sucre, el lapso de OCHO (08) MESES Y DIECINUEVE (19) DÍAS. SEGUNDO: Se Acuerda sumar al lapso de tiempo redimido en esta decisión, el de pena física cumplida, lo cual da un tiempo de PENA CUMPLIDA, DOS (02) AÑOS, DOS (02) MESES Y DIECISEIS (16) DÍAS. TERCERO: Conforme a dicho cómputo, a la.....