En virtud de todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a KELVIS EMILIO LOPEZ MARTINEZ, IVAN ENRIQUE MENDEZ BORGES, ELIAS DAVID FIGUEROA GONZÁLEZ y BRAULIO JOSE YANCE FUENTES, por estar incursos en la presunta comisión de los delitos de INTIMIDACIÒN AL PÙBLICO, previsto y sancionado en el articulo 296, en su primer aparte, del Código Penal, en perjuicio de la Colectividad; DAÑO CON OCASIÒN DE VIOLENCIA, previsto y sancionado en el articulo 473 y 474, del Código Penal, en perjuicio de Bienes pertenecientes al Estado, AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 286, del Código Penal, en perjuicio de la Colectividad y LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES Y LEVÌSIMAS, previstas y sancionadas en el articulo 413 y 416, del Código Penal, en perjuicio de los ciuda.....