Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del imputado JESUS RAFAEL DE LA ROSA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.212.390, de 25años de edad, de profesión u oficio taxista, residenciado en la avenida Carúpano barrio san martín, casa nº 40, cerca de la bodega de numa, Cumaná estado sucre ; por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de Orangel Wuelman, Richard Rodríguez y Carlos Cedeño; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal por cuanto cumplió a cabalidad con las condiciones impuestas por éste Tribunal en fecha 28/02.....