ESTE TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL, EN PRESENCIA DE LAS PARTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve:
Se ordena abrir el Juicio Oral y Público para el acusado ALEXANDER FRANCISCO LOPEZ LOPEZ, a quién se le acusa por el delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el art. 5 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotor, en perjuicio de LUIS JOSE SALMERON RODRIGUEZ.
SEXTO: Con respeto a la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad decretada por el Juzgado Tercero de Control, este Tribunal la RATIFICA, en virtud de que no han variado las circunstancias que dieron lugar a la Privación de Libertad; en consecuencia, se ordena oficiar al Comandante de Policía de esta ciudad, a los fines de que mantenga en calidad de detenido al mencionado acusado quien a partir de este momento quedará a la orden del Tribunal de Juicio que corresponda.