este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Decreta MEDIDA CAUTELAR ISUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra de los ciudadanos JESUS MANUEL ESPARRAGOZA GAMBOA, venezolano, de 22 años de edad, nacido en fecha 20/11/1990, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.398.759, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Perfecto Esparragoza y Gladis Gamboa, residenciado en el Barrio Simón Rodríguez (frente a la coca cola), Primera Calle, a la tercera transversal, Casa S/N (al lado de la casa de la sra. Karelis vende cigarros), Cumaná, Estado Sucre, y CARLOS ALFREDO ESPARRAGOZA GAMBOA, venezolano, de 19 años, soltero, sin oficio, titular de la cédula de identidad Nº 23.924.984, hijo Perfecto Esparragoza y Gladis Gamboa, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio .....