Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVATIVA DE LIBERTAD, en contra de los imputados: Yoel José Santamaría Batista, Venezolano, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.202.162, de estado civil: soltero, de profesión u oficio: estudiante, nacido en fecha 07-04-1991, hijo de Luís Santamaría y Livis Batista, y con domicilio en: Calle 5 de Julio Yoco Municipio Valdez, del Estado Sucre; Luís Aparicio Santamaría Batista, venezolano, de 31 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.612.520, de estado civil: soltero, de profesión u oficio: agricultor, nacido en fecha 25-07-1979, hijo hijo de Luís Santamaría y Livis Batista, y con domicilio en: Calle 5 de Julio Yoco Municipio Valdez, Estado Sucre; Jorge Alexander Ugas Riv.....