DISPOSITIVA
por los razonamientos antes expuestos este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 05 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, EXTENSIÓN CARÚPANO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del ciudadano, HAYVIZ DEL VALLE VIZCAINO GUERRA, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez Estado Sucre, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 30/01/193, soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V-26.736.673, ocupación u oficio agricultor, hijo de Llagaría Guerra y padre Desconocido, residenciado en el sector Parare, vía principal, Caripito-Carúpano, Municipio Andrés Eloy Blanco del Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión de los delitos de, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 en relación con el numero 3 Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones,.....