Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, CONFIRMA las Medidas de Protección y Seguridad establecidas en el artículo 87, numeral 5 y 6, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, a favor de la ciudadana Carmen Teresa Bermúdez, quien figura como víctima en la presente causa seguida en contra de los ciudadanos William José Chacón Acuña, venezolano, natural de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 12/02/1982, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.742.243, de 27 años de edad, soltero, de oficio obrero, hijo de Maritza Acuña y José Chacón, y residenciado en Santa Fe, vía Turimiquire, sector Botalón, Casa S/N, cerca de la cancha, Municipio Raúl Leoní del Estado Sucre; y Francisco Ramón Gutiérrez, venezolano, natural d.....