Este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: DESESTIMA LA DENUNCIA, interpuesta por la Ciudadana MONICA MERCEDES SANCHEZ, venezolana, de dieciocho (18) años de edad, soltera, estudiante Universitaria, número telefónico 0426-4828844, titular de la Cédula de Identidad Número V- 25.344.429, domiciliada en la Comunidad de Quebrada Seca, Sector Las Vegas, carretera principal, casa sin número, Municipio Arismendi del Estado Sucre; contra la Adolescente OMISSIS; por el delito de DIFAMACIÓN, tipificado en el artículo 442, segundo aparte del Código Penal Venezolano vigente, el cual requiere acusación de parte agraviada o por sus representantes legales, tal y como lo consagra el artículo 449 del Código Penal Venezolano, en relación con lo establecido en el artículo 283 del Código Orgánico Proc.....