´Este Tribunal Primero Superior del Trabajo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aras de conservar el equilibrio procesal en procura del mantenimiento del orden público constitucional, declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL, consignado ante este Juzgado el primero (1) de diciembre del año 2025, por los ciudadanos LUZ SALAZAR, FELIX PEREDA y ARGENIS HERNANDEZ, abogados, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 83.525, 42.689 y 32.089, respectivamente, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos CESAR ARMANDO CAMPOS ARENAS, JOSE MANUEL BEJARANO y FREDDY JOSE GUERRA RANGEL, titulares de la cedula de identidad Nros. V-12.664.904, V-11.825.300 y V-13.063.708, respectivamente, y por otra parte el ciudadano IVAN MAGO ACOSTA, Inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.085, en su condición de apoderado judicial de la entidad de trabajo MOLINOS NACIONALES, C.A (MONACA), SEGUNDO: Se otorga el carácte.....