DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor de la imputada Asmargua Carolina Fermín, Venezolana, de 29 años de edad, de estado civil soltera, Natural de Guariquen del Municipio Benítez, de profesión u oficio Peluquera, nacido el 21-09-79, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.422.626, hijo de Martina Fermín, y Asdrúbal Gil, y domiciliado en Calle Calvario Nº 40, Carúpano, del Estado Sucre; por la comisión del delito de TRATO CRUEL, previsto y sancionado en el artículo 254 de la Ley Orgánica Para la Protección Del Niño, Niña, y Adolescentes, en perjuicio del niño OMISSIS; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7°; y 318, numeral 3°, del Código Orgánico Procesal Penal.