Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA MATERIALIZADA, la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, bajo Caución Económica, respecto de los imputados MAXIMO DEL CARMEN QUIJADA CARRERA: quien es venezolano, de 21 años de edad, estado civil: Soltero, nacido en fecha 10-10.-89, titular de la cédula de identidad N° 20.200.195, ocupación u oficio: albañil, hijo de Ana Carrera y Gregorio Quijada, y residenciado en: Valle Verde, calle Principal, casa sin numero, a una cuadra cerca del polideportivo, y de la bodega de la señora Crispa, Municipio Valdez del Estado Sucre, y LUIS CARLOS ROSA MARAY; quien es venezolano, de 18 años de edad, estado civil: Soltero, nacido en fecha 04-02-1992, titular de la cédula de identidad N° 20.565.158, ocupación u oficio: estudiante, hijo de Zenaida Maray y Santos Guadalupe Rosas, y re.....