DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta: Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del Imputado Guillermo José Gómez Salazar, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.908.151, nacido en fecha 26-03-1990, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio albañil, hijo Guillermo Gómez y Jazmín Salazar, y domiciliado en la Avenida Circunvalación Sur, Sector Villa Paraíso, Calle Principal, Casa S/N, al final, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de: Violencia Psicológica, Amenaza y Violencia Física, previstos y sancionados en los artículos 39, 41 y .....