En atención a los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito Bancario, Agrario y Marítimo del Primer Circuito Judicial del Estado Sucre, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: declara CON LUGAR la pretensión MERO DECLARATIVA DE ESTADO DE CONCUBINA, incoada por la ciudadana ZAIDA ROSA GONZALEZ MALAVE, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nº V- 10.894.822, domiciliada en la calle principal La Sabana, casa S/N, sector Félix Barreto, Cantarrana, Parroquia Santa Inés, Municipio Sucre del Estado Sucre, asistida por la abogada en ejercicio ciudadana YLIANA SALAZAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 84.632, contra los HEREDEROS DESCONOCIDOS A TITULO UNIVERSAL O PARTICULAR DE EL DE CUJUS YANPING LI. SEGUNDO: Se declara a la ciudadana ZAIDA ROSA GONZALEZ MALAVE anteriormente identificada, CONCUBINA del.....