En mérito y con fundamento a cada uno de los razonamientos expuestos en el cuerpo del presente fallo, este Tribunal de Mediación, Sustanciación, Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes esta Circunscripción Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la Homologación de Representación Legal, interpuesta por la ciudadana JOHANNA MARIA FIGUERA DUQUE, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°. 23.433.537 y domiciliada en la Urbanización la Llanada, Sector 1, Vereda 44, Casa N° 03, Jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Cumaná, Municipio Sucre, estado Sucre, Tlf: 0414-1940502, y previa notificación al ciudadano ADRIAN JOSUE FERNANDEZ SALAZAR venezolano, soltero, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.991.025 con domicilio en Brasil Sur, Segunda Etapa, Terraza 25, Jurisdicción de la Parroquia Altagracia, Cumaná, Municipio Suc.....