en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso al GLADIS DOLORES CARDOZO, venezolano, de 33 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.665.232, fecha de nacimiento 15/09/1974, soltero, de profesión u oficio del hogar, hija de Elasdislao Lezama y Margarita Cardozo, residenciada en Sector Las Malvinas, Santa Fe, parroquia Raúl Leonis del Municipio Sucre del Estado Sucre y CESAR AUGUSTO LOPEZ, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.316.442, fecha de nacimiento 28/01/1975, soltero, de profesión u oficio indefinido, hijo de Ángel Rafael Duran y Arcanuela, residenciado en Sector Las Malvinas, Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni del Municipio Sucre del Estado Sucre, por la comisión del delito de Violencia Física y Violencia Psicológica, previsto el primero de los delitos en el art. 15 numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y san.....