Por todo los razonamientos expuestos, este Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la acción de DIVORCIO intentada por la ciudadana CARMEN BEATRIZ CARABALLO CASTILLO, contra el ciudadano DAVID VICENTE GONZALEZ MARIN, por cuanto no se probo nada, ya que con un solo testigos no se puede demostrar la causal Segunda del Artículo 185 A, del Código Civil, invocadas por la parte actora en su libelo de demanda. Y Así se decide.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Carúpano, a los siete día del mes de Octubre del dos mil cinco.-