DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Luís Antonio Blanco Reyes, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.421.849, nacido en fecha 16-06-1979, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Mery Blanco, y residenciado en la Urbanización Guayacán de Las Flores, Sector 1, Vereda 20, Casa N° 21, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito.....