Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Con lugar La Ratificación de la medida de Privación de Libertad impuesta al sancionado: "OMISSIS", por la comisión los delitos de Violación, Violencia Física, Robo Agravado, y Lesiones Personales Leves, tipificados en los artículos 374 del Código Penal Venezolano vigente 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, 458, 416 ejusdem del Código Penal Venezolano vigente en perjuicio de la Ciudadana Jeancys Doriannis Nazaret Rivera Rodríguez, por el lapso de dos (02) años, un (01) mes y ocho (08) días. Cúmplase.-
La Jueza de Ejecución
Abg. Marisandra Cañizares La Secretaria
Abg. Emelis Trujillo