Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta: Ratificar la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, del ciudadano Nelson José Alvarado Navarro, quien es Venezolano, natural de Caracas. Distrito Capital, de 33 años de edad, fecha de nacimiento 03-05-1975, soltero, Estilista, titular de la cédula de identidad N° 13.457.500, residenciado en la Calle de Chamberí, número 72, cerca del Preescolar Casa Cuna, Río Caribe, Municipio Arismendi del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de Asociación Para Delinquir, previsto y sancionado en el artículo 6, con el Agravante del ordinal 3° del artículo 8 de la Ley Orgánica Contra La Delincuencia Organizada, así mismo se le imputa el delito de Secuestro, de conformidad con el artículo 16 numeral 12°.....