éste Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA conceder un lapso de Sesenta (60) días contados a partir de la presente fecha para que la representante del Ministerio Público presente el Acto Conclusivo correspondiente en el presente asunto seguido al imputado: DARWIN ANTONIO MATEY GOITIA, venezolano, natural de Carúpano, de estado civil soltero, de 26 años de edad, titular de Cédula de Identidad Nº V- 17.694.471, de profesión u oficio Comerciante, nacido en fecha 14-02-1983, residenciado en: Caserío las Piedras, Calle Principal, casa S/N°, Bodega de Virgilio, Municipio Mariño, Estado Sucre, hijo de Virgilio Matey y Elvia Goitia; por el delito de delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notifi.....