Decreta la Prescripción de la Acción Penal, quedando extinguida la misma, conllevando ésta situación a este Tribunal a Decretar el Sobreseimiento de la causa seguida en contra del imputado: VICTOR LUIS MORENO también Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad No-16.397.733, residenciado en Chacopata, en perjuicio del ciudadano: JAIRO JOSE ORTEGA VASQUEZ Venezolano, residenciado en la Calle La Plaza, s/n, de la Población de Chacopata, Parroquia Chacopata, Municipio Cruz Salmerón Acosta, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-15.345.365, por el delito de: LESIONES LEVES Previsto y Sancionado en el Artículo 416 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 108 Ordinal 6to del Código Penal, 48 Ordinal 8vo y 318 numeral 3ero del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Fiscal Séptima del Ministerio Público, Dra. KATTIA MARINA AMEZQUETA BLASINI a la victima e imputado antes señalado. Y Remítase las presentes actuaciones al archivo central,.....