Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCCIONES, A FAVOR DEL IMPUTADO EDGAR JOSE COVA GUEVARA, venezolano, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.283.910, Soltero, hijo de EDGAR COVA Y YASMIN GUEVARA, fecha de nacimiento 04-10-1978, de oficio chofer, natural de Cumana, Estado Sucre, residenciado en el caserío Los Bordones, casa S/N, cerca del Bar la Curva, vía el Tacal, Estado Sucre. Teléfono 0416-3250247, en la causa que se le iniciara por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se acuerda la libertad del imputado de autos, desde la Sala de audiencias. Líbrese boleta de libertad, adjunto a ofici.....