DISPOSITIVA
Por todo lo razonamiento de hechos y de derecho antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y Por Autoridad de la ley: SE RATIFICA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano DEIVIS DAVID REYES REYES, Alias "Niño Lacra", venezolano, , mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 25.366.710, nacido en fecha 14-05-1991, de 27 años de edad, residenciado en la Urbanización San Martín, Carúpano Arriba, Sector El Rialengo, Casa S/N, cerca del Taller de Ronald, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión de los delitos de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA EN GRADO DE COAUTOR, y AGAVILLAMIENTO en perjuicio del Occiso FRANKLIN JAVIER MONTAÑO, EDUARDO JOSE GUTIERREZ y EL ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 en sus numerales 1, 2 y 3, 237 numerales 2.....