Es por ello que este Tribunal Primero de Ejecución, acuerda Librar Boleta de Captura, contra el penado HERNÁN FRACCICA MARTÍNEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.217.456, y remitirla a los Cuerpos Policiales de esta ciudad, para que procedan a su CAPTURA, CON EL DEBIDO RESPETO A SUS DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES, y posterior traslado al Internado Judicial de esta ciudad, Cumaná, Estado Sucre, donde quedará recluido a la Orden de este Juzgado Primero de Ejecución. Una vez capturado se fijará la audiencia donde se decidirá sobre lo relativo a la revocatoria o no del beneficio de Régimen Abierto otorgado por este Tribunal en fecha 26-08-2004. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 5, 10 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese boletas de Captura; Notifíquese a las partes; Ofíciese a la Comandancia de Policía del Estado Sucre y a los demás cuerpos de seguridad ordenando la captura del referido penado; Ofíciese al .....