Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta a favor del penado Yirson José Aguilera Zabaleta, venezolano, de 23 años, de estado civil soltero, de profesión u oficio estudiante de segundo año, titular de la cédula de identidad Nº 19.125.450, nacido en fecha 22-06-1987, hijo de Maura Mireya Zabaleta y Eusevio Aguilera, y domiciliado en domiciliado en la avenida San Antonio, frente al autolavado ciuri, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, numero de teléfono:0414-836-9482, condenada a cumplir la Pena de Seis (06) años de prisión, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Distribución, previsto y sancionado en el artículo 31, en su Segundo y último aparte, de la Ley Orgánica Con.....