Conforme a los argumentos antes esgrimidos y en ejercicio de la competencia conferida por el artículo 479 y 493 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los ciudadanos JORGAN AUGUSTO ÁLVAREZ HERNÁNDEZ, venezolano, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.314.576, nacido en fecha 30/07/1983, de profesión u oficio moto taxista, residenciado en El Tacal 02, Sector El Puente, Carretera Vieja Cumaná-Puerto La Cruz, Casa S/N°, al lado de la Bodega Los Velásquez, Cumaná, Estado Sucre; y ROMER MOISÉS BETANCOURT MARÍN, venezolano, de 20 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-25.101.032, nacido en fecha 25/1.....