Este Tribunal Tercero De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo Del Estado Sucre, en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, DECRETA medida de prohibición de enajenar y gravar los vehículos CLASE: MINIBÚS, Tipo: MINIBÚS, PLACA: AE9230, SERIAL DE CARROCERIA I-6630, SERIAL DEL MOTOR: 613135, MARCA: ENCAVA, MODELO: 610-32, AÑO 1.999, señalado con ASOCIACION DE COOPERATIVA SUCRE NRO. 24, el cual pertenece a DEL VALLE JOSE ESTEVES GUEVARA, titular de la cedula de identidad Nro. 14.008.291, según consta de documento debidamente autenticado por ante la Notaría Pública de Cumaná en fecha Treinta (30) de Diciembre de 1.999, bajo el Nro 37, tomo 226 de los libros de autenticaciones llevados por ante esa Notaría y CLASE: MINIBÚS, Tipo: MINIBÚS, PLACA: AB0075, SERIAL DE CARROCERIA 8XL6GC11D2E001238, SERIAL DEL MOTOR: 300565, MARCA: ENCAVA, MODELO: E-NT610-32, AÑO 2.002, BLANCO y MULTICOLOR, señalado con ASOCIACION DE COOPERATIVA SUCRE NRO. 19. .....