En consecuencia, este TRIBUNAL SEXTO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley IMPONE MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos LUIS EDUARDO MORALES BLANCO, venezolano de 21 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.444.331, natural de La Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 25/09/1989, de profesión u oficio no definido, soltero, hijo de Nelson Morales y Miriam Blanco, residenciado en el Barrio La Trinidad, sector Plaza Bolívar, Vereda H-4, Casa S/N°, frente a la cancha, Cumaná, Estado Sucre; y DIXON JOSÉ VÁSQUEZ, venezolano, de 24 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.910.716, natural de Cumaná, Estado Sucre, nacido en fecha 15/12/1986, de profesión u oficio pescador, soltero, hijo de José Luis Rivas y Josefina Vásquez, residenciado en el Barrio La Trinidad, calle principa.....