ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, del ciudadano MARCO ANTONIO RIVAS GARCÍA, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 20.346.083, natural de Cumaná, nacido en fecha 16-05-1989, de 21 años de edad, hijo de Elide Mercedes García y Manuel de Jesús Rivas, de oficio militar activo, residenciado en la Población de Arenas, Calle las Flores, casa Sin N°, cerca del Talles del Señor Cruz Ramón, del Municipio Montes del Estado Sucre.
JUEZ TERCERO DE CONTROL,
ABG. NAYIP ANTONIO BEIRUTTI CHACÓN
LA SECRETARIA,
ABG. MARY CRUZ SALMERON