Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda a favor del penado JULIO CESAR ISACE GRANADINO, venezolano, nacido en fecha 28/04/1.987, titular de la cédula de identidad n° V-18.775.679, residenciada en la Calle Camino Viejo, casa n° 24, Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni, Estado Sucre, actualmente recluida en el Internado Judicial de Cumaná, condenada a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES de Prisión por la comisión del delito de Aprovechamiento de cosas provenientes del delito, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 494, 495 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, imponiéndosele las condiciones anteriormente señaladas.
Se fija la audiencia oral para el día de mañana, miércoles 07 de junio del presente año a las 11:00 d.....