Por los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario, Bancario y Marítimo del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE para conocer la presente Acción de Amparo Constitucional, incoada por MAURO DEL JESUS ALVAREZ HILARRAZA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.379.436, asistido por el abogado JOSE JESUS ABREU ORTIZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 84.206, contra los ciudadanos Enrique Luis Marval, Oswaldo Villafaña y Morella Rodríguez, en sus caracteres de consultor jurídico y jefe de personal de la Fundación para el Desarrollo Deportivo del Estado Sucre, así como de abogada adscrita a la Consultoría Jurídica de la Gobernación del Estado Sucre, respectivamente y DECLINA LA COMPETENCIA en un Juzgado de Juicio de la jurisdicción espec.....