ESTE JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud plateada por el Ministerio Público y en consecuencia DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad a los imputados CARLOS JOSE MUÑOZ RIVERO, venezolano, de 33 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.494.989, natural de Caracas, nacido en fecha 30-07-1980, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos Carmen Josefina Rivero y Carlos José Muñoz, residenciado en el Barrio Caiguire, Sector la Playa, pegado a la urbanización el bosque, Casa S/N°, Cumaná, Estado Sucre teléfono 0416-722.656, por la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley Para El Desarme Y Control De Arma Y De Municiones, en perjuic.....