Este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, a favor de los imputados: IBIS ARGENIS VADEZ, quien dijo ser venezolano, natural de Yoco, de 33 años de edad, nacido en fecha: 25-09-1981, soltero, ayudante de soldadura, titular de la Cédula de Identidad Número V- 16.893.705, hijo de Eduardo Valdez y Estilito Hernández y residenciado en: Yoco, calle Bolívar, casa Nº 2, Municipio Valdez del Estado Sucre y JORGENIS MANUEL ROJAS, quien dijo ser venezolano, natural de Guiria, de 22 años de edad, nacido en fecha: 25-03-1992, soltero, vigilante, titular de la Cédula de Identidad Número V- 22.924.209, hijo de Santa Yolide Rojas y padre desconocido, residenciado en: Yoco, calle el cementerio, sector caja de agua, casa sin numero, al lado del MERCAL, Municipio Valdez del Estado Sucre, consistente en: 1.- No Ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, sin la autorizaci.....