ASUNTO : RL01-P-2001-000011
este Tribunal Segundo de Ejecución del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, fundamentándose en lo previsto en el numeral 1° del artículo 479, y el numeral 3 del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda informar al Director del Internado Judicial de Cumaná del resultado de dicho informe y en consecuencia de la imposibilidad de otorgar alguna Fórmula Alternativa al Cumplimiento de Pena al penado: LEOCADIO JOSE RODRIGUEZ quien es venezolano, de 56 años de edad, nacido en fecha: 07-06-50, residenciado en la Urbanización Brasil, sector 1, vereda 11, No-04, Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad N°. 8.638.481. Todo con fundamento a lo previsto en el numeral 1° del artículo 479, y el numeral 3 del artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal .