ORDENA APERTURAR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en contra de los acusados ERICK DAVID URBANO URBANO, Venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido el 13-09-1990, soltero, de profesión: Albañil, titular de la cédula de identidad Nº 24.625.275, Domiciliado en el sector la Lagunita, calle Santísima Trinidad casa Nº 06, de esta Ciudad de Carúpano, Estado Sucre, y ERWING JESUS GREGORIO LUGO VIDAL, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre, de 20 años de edad, nacido el 01-03-1991, soltero, de profesión Albañil, titular de la cédula de identidad Nº 24.715.475, domiciliado en la calle los mangos, casa S/Nº del barrio la Lagunita de esta ciudad, cerca del taller de Chicharro, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Homicidio Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406, ordinal 1° del Código Penal Venezolano, en perjuicio del hoy occiso JEAN EMILIO GONZALEZ RAMOS.