Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Condena: al ciudadano: Juan José Marcano Marcano, venezolano, natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.780.746 de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Juan Ramón Márquez y Luisa Marcano, y residenciado en el Barrio 22 de Agosto, Calle Principal hacia el final, Casa S/N, queda cerca de la Bodega de Rosita, San Martín, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; a cumplir la pena de quince (15) años de prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional Calificado, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luís Carmelo .....