Por las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE: de conformidad con lo establecido en el artículo 501 del Código Orgánico Procesal Penal y los artículos 64 literal b, 66 y 68 de la Ley de Régimen Penitenciario, otorgar la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena consistente en DESTACAMENTO DE TRABAJO, al penado JEAN JOSÉ BRITO, venezolano, mayor de edad, natural de Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre, nacido en fecha 18-03.78, titular de la Cédula de Identidad N° 13.348.838, de profesión u oficio Funcionario Policial, domiciliado en el Sector el Paujuil, Calle Principal, casa S/N, Municipio Cajigal, Hijo de Margorys Brito y Alirio Crespo; actualmente recluido en el Internado Judicial de Carúpano. Estableciéndose como lugar de Trabajo la que presenta la ciudadana Mara Ric.....