En atención a lo expuesto este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECLARA CON LUGAR, la solicitud formulada por la ciudadana ESLENY J0SEFINA MUÑOZ, en su carácter de defensora pública del ciudadano ARQUIMEDEZ ELOY OSORIO GONZALEZ Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 24.514.217, soltero, natural de Araya, nacido en fecha 20/03/1995, de 18 años de edad, bachiller, hijo de Josanni González y Héctor Osorio, teléfono 0293/4371441, residenciado en el Barrio Ensal, calle 07, casa nº 19 cerca del CDI Barrio Adentro, Araya, Municipio Cruz Salieron Acosta, por lo que se decreta el cese de la medida impuesta; y así se decide. Líbrese notificación a las partes e infórmese al imputado. Líbrese oficio al ciudadano Prefecto del Municipio Cruz Salmerón Acosta del Estado Sucre, a los fines de indicarle que este Tribunal decretó el cese del régimen de presentaciones que venía cumpliend.....