Decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PARA EL IMPUTADO DANIEL JOSÉ BENITEZ CASTAÑEDA, venezolano, natural de esta ciudad, titular de la cédula de identidad N° V-18.418.206, de 21 años de edad, de fecha de nacimiento 15/09/1986, soltero, sin oficio, residenciado en el Barrio Bebedero, cuarta calle, casa sin número, de esta ciudad de Cumaná, en contra de quien se inició causa penal por estar presuntamente incurso en uno de los delitos contemplados en la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, en virtud de que "... a pesar de la falta de certeza, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado" Todo esto de acuerdo a lo establecido en el Ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión las partes conforme a lo establecido en el artículo.....