Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano
Juzgado Primero de Control Sección Penal de Adolescentes
Carúpano, 5 de Mayo de 2009
199º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-D-2009-000121
ASUNTO: RP11-D-2009-000121
Auto Ordenando la Acumulación de Asuntos
Recibido como ha sido el presente asunto emanado del Juzgado Segundo de Control de esta Sección Penal de Adolescentes, seguido al adolescente OMISSIS, por su presunta participación en uno de los delitos Contra la propiedad, como lo es el delito de Robo en la Modalidad de Arrebatón, y en cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 66 y 67 del Código Orgánico Procesal Penal éste Tribunal Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, procede a ordenar la acumulación, en los siguientes términos:
FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO
El artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal prevé la unidad del proceso, en atención a la cual, no se seguirán diferentes procesos, aunque los imputados sean diversos, ni tampoco se seguirán al mismo tiempo, contra un imputado, diversos procesos aunque haya cometido diferentes delitos o faltas.
Se evidencia entonces que cursa por ante éste mismo despacho los asuntos Números RP11-D-2009-0000121, RP11-D-2006-000318 y RP11-D-2007-000036, seguidos al Adolescente: OMISSIS, por la presunta comisión de los delitos de: el Primero ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN y ROBO AGRAVADO, en perjuicio de los ciudadanos FELICIDAD LUGO, Y CARMEN EUDORINA VÁSQUEZ y el Segundo ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, en perjuicio de JUAN CARLOS TOTESAUT CARABALLO;.
Ahora bien, siendo que al adolescente OMISSIS, antes identificado, se le siguen Tres (03) asuntos por diferentes delitos, Tratándose evidentemente del mismo imputado, se debe proceder a ordenar la unidad del proceso y en consecuencia la acumulación de los diversos asuntos seguidos en su contra para continuar con el debido proceso y Así se decide.
En virtud de las consideraciones antes descritas, este Juzgado Primero de Control de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre. Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ORDENA Acumular los Asuntos RP11-D-2006-000318 y RP11-D-2007-000036 al presente asunto RP11-D-2009-000121, el cual quedará como asunto Principal para la continuación del debido proceso. Cúmplase
El Juez Titular Primero de Control:
SERGIO SÁNCHEZ DÍAZ
La Secretaria Judicial
Abg. CLAUDIA FIGUEROA
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