Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda: La Imputación de los Delitos, y Ratificar las Medidas de Protección y Seguridad que le fueran impuestas a los ciudadanos: Pascual Antonio Rojas Guzmán, venezolano, natural de Quebrada de Mono, Municipio Benítez del Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.289.420, nacido en fecha 17-05-1970, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, hijo de Juan Rojas y Delis Guzmán, y domiciliado en la Urbanización Charallave, Callejón Los Morenos, Casa S/N, Parroquia Santa Catalina, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y José Maximiliano Silano López, venezolano, natural de Carúpano, Municip.....