Este Tribunal Quinto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la prórroga solicitada por el Ministerio Público, por un lapso de quince (15) días continuos, contados a partir del Trece (13) de Octubre del año en curso, el cual vencerá el día Veintisiete (27) de Octubre del presente año; ello a los efectos de que el Ministerio Público presente el acto conclusivo respectivo en la presente causa, seguida a los imputados DENNY JOSE CARREÑO GUERRA, quien dijo ser venezolano, natural de Río Caribe, Municipio Arismendi, de 18 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad 24.842.421, nacido en fecha 12/03/1993, de oficio: ayudante de Albañil , hijo de Elio Carreño y Gumersinda Guerra, domiciliado en la Llanada de Cangua, casa sin numero, Municipio Arismendi, del Estado Sucre y DANNY JOSE AGUILERA AGUILERA, quien dijo ser venez.....