Vista la Acción de Amparo Constitucional presentada por la ciudadana DANIELA MARIA D´ASCENZO PEREZ, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 14.889.823, y de este domicilio abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 110.177, actuando en su carácter de apoderada judicial de PDVSA Petróleo, S.A, contra los ciudadanos: YVER CARRERA, RICHARD CAYONE, JUAN GAMARDO, ROSAURO GARCÍA, EULIDE NAVARRO, ANTONIO MANEIRO, FRANCISCO PADOANI (Padre), FRANCISCO PADOANI (Hijo) y JOSÉ LUIS SÁNCHEZ LEIVA, venezolanos, mayores de edad, Titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 17.318.715; 5.902.677; 2.907.634; 4.611.982; 6.955.528; 10.543.665; 317.124 y 9.941.152, este Tribunal la ADMITE cuanto a lugar en derecho. En consecuencia se ordena la notificación de los presuntos agraviantes, para que comparezca por ante este Tribunal, a fin de que se fije la Audiencia Oral, la cual será fijada y llevada a cabo dentro de las 96 horas, a partir de la última notificación .....