Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Diferencias de Prestaciones sociales y demás conceptos laborales intentada por ANDRES SUCRE CASTAÑEDA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-15.361.254, en contra de CERVECERIA REGIONAL,C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar la suma que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de horas extras diurnas y nocturnas, días domingos y feriados laborados, beneficio de alimentación desde el 15 de Noviembre del 2.005 hasta el día 30 de Noviembre del 2.007, y diferencia de antigüedad, debiendo descontarse la cantidad recibida por prestaciones sociales que fueron recibido por el actor por concepto de .....