Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: 
PRIMERO: CON LUGAR  la demanda de  Diferencias de Prestaciones sociales y demás conceptos laborales  intentada  por ANDRES SUCRE CASTAÑEDA,   venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-15.361.254, en contra de CERVECERIA REGIONAL,C.A.
SEGUNDO: SE ORDENA a la demandada cancelar  la suma  que resulten de la experticia complementaria del fallo por los conceptos de horas extras diurnas y nocturnas, días  domingos y feriados laborados, beneficio de alimentación desde el 15 de  Noviembre del 2.005 hasta el día 30 de Noviembre del 2.007,  y diferencia de antigüedad, debiendo descontarse la  cantidad recibida por prestaciones sociales que fueron recibido por el actor por concepto de .....