Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve; PRIMERO: DECLARA CON LUGAR la aprehensión flagrante contra del Adolescente OMISSS,, por la presunta comisión del delito de ULTRAJE A FUNCIONARIO ENVESTIDO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 222 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, SEGUNDO: SE DECRETA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor de la adolescente OMISSS,, por la presunta comisión del delito de ULTRAJE A FUNCIONARIO ENVESTIDO DE AUTORIDAD, previsto y sancionado en el articulo 222 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 y 9 del COPP. Se ordena la inmediata libertad desde la sede de esta Sala, de la adolescente en tal sentido se ordena Librar BOLETAS DE LIBERTAD, MED.....