Por los razonamientos antes expuestos, por ser procedentes y conforme a Derecho, este Tribunal Tercero Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en los artículos 356, 358 y 359 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano imputado JAIRO LUÍS CAMPOS FAJARDO, venezolano, de 29 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 21.288.217, soltero, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha 26/10/1986, de oficio albañil, hijo de los ciudadanos Tita Fajardo y Agustín Campos, residenciado en la Población de Mochima, sector La Guaya, cerca de la carretera nacional Cumaná-Puerto la Cruz, Municipio Sucre del Estado Sucre, por la comisión del delito de OCUPACION ILICITA EN AREAS NATURALES PROTEGIDAS, previsto y sancionado en el artículo 4.....